- October 4, 2024
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Con la entrada en vigencia de la Ley 280 del 30 de diciembre de 2021, surgen importantes cambios contemplados en la Ley y otros que han sido implementados por la nueva Junta Técnica de Contabilidad, a saber:
• Se establecen de forma detallada los actos propios de la profesión de Contador Público Autorizado.
• Se establece el refrendo obligatorio de un Contador Público Autorizado en las declaraciones juradas de renta nacional y municipal, así como otros tributos, cuyo monto bruto a declarar supere los once mil balboas (B/.11,000.00)
• Se establece que, para ser designado en el cargo de contralor en el sector privado, así como contador jefe, sub jefe y de auditor jefe y sub jefe en instituciones públicas y privadas, se requiere tener título universitario de Licenciado en Contabilidad e idoneidad de contador público autorizado expedida por la Junta Técnica de Contabilidad.
• En compromisos de auditoría o revisión de estados financieros en los que el cliente tenga ingresos brutos superiores a un millón de balboas (B/:1,000,000.00), se listará, junto con el dictamen, el socio y el equipo de trabajo de dicho compromiso.
• La Junta Técnica de Contabilidad queda conformada por:
o Un Contador Público Autorizado idóneo designado por el Ministerio de Comercio e Industrias que fungirá como Secretario (a).
o Dos profesores de contabilidad, Contadores Públicos Autorizados idóneos, designados por la Universidad de Panamá, uno principal y el otro suplente.
o Dos profesores de contabilidad, Contadores Públicos Autorizados idóneos, designados por El Consejo de Rectores de Panamá, uno principal y el otro suplente. o Un contador público autorizado designado por cada una de las asociaciones representativas de los profesionales de la contabilidad, debidamente registradas en la Junta técnica de Contabilidad.
• La Presidencia de la Junta Técnica de Contabilidad, es ejercida por un miembro de la Junta Técnica de Contabilidad, por un período de un año, de forma rotativa y en el orden de fechas de fundación de cada una de las representaciones que la conforman.
• Se elimina la obligación del uso del carné de identificación y en su lugar se establece la Resolución emitida por la Junta Técnica de Contabilidad como documento de constancia de idoneidad.
• La Junta Técnica de Contabilidad deberá atender entre otras obligaciones o Expedir el programa de control de calidad del ejercicio profesional y reglamentar su aplicación.
o Adoptar un código de ética para el mejoramiento del ejercicio de la profesión. o Establecer el programa de educación continua.
o Establecer una tablea de referencia de honorarios mínimos por servicios profesionales La junta técnica de contabilidad creará las comisiones de trabajo que estime necesarias para cumplir con las responsabilidades establecidas por la Ley 280 del 30 de diciembre de 2021.
Rebeca E. Rangel M